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Nacimiento y Cuidado de Menor < Volver

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Los certificados de empresa del inicio del descanso obligatorio y/o voluntario  de la prestación de nacimiento y cuidado de menor, solo pueden remitirse a partir de la fecha en la que se inicia el descanso. Si no se ha iniciado, no puede ser objeto de certificación.


Este servicio permite solicitar la prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor, para disfrutar del periodo de descanso laboral correspondiente, por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento permanente o temporal.

Acerca de este trámite

A quién va dirigido

Trabajadores que disfruten los períodos de descanso por nacimiento de hijo, adopción y acogimiento, legalmente establecidos, que quieran solicitar  las prestaciones por Nacimiento y Cuidado de Menor.

Qué permite realizar

  • Realizar una simulación del importe y fechas en las que quedaría en el caso de solicitar la prestación.
  • Presentar una solicitud, de la prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor, en nombre propio, mediante representación o mediante apoderamiento inscrito en el registro electrónico de apoderamientos.
  • Solicitar la prestación en múltiples periodos.
  • Anexar  documentación.

Qué necesita para realizarlo

  • Que la empresa haya remitido el certificado de empresa con las fechas de descanso.
  • Que esté registrado el nacimiento en registro, de forma automática o manual en aquellos registros no informatizados.
  • Incorporar la información que se requiera en el propio servicio y anexar los documentos que se indiquen.
  • Si accede como representante, debe solicitar al representado que confirme la representación accediendo al enlace que recibirá en su móvil por SMS.
  • Si accede como apoderado, deberá estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos. 

A tener en cuenta

El acceso al servicio podrá hacerse con cualquier sistema de identificación válido. Con este acceso accederá a la simulación de la prestación teniendo en cuenta la información que incorpore.

Una vez realizada la simulación de la prestación y para poder efectuar su solicitud con los datos introducidos, se le solicitará que se identifique con un sistema de identificación más seguro, como Certificado Digital o cl@ve permanente.

Finalizado el proceso de cumplimentación se le indicará los documentos que debe presentar y tendrá la posibilidad de adjuntarlos electrónicamente.

Próximos pasos

Una vez realizado el trámite recibirá un "acuse de recibo" en formato PDF.

Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión deberá realizarse la presentación en otro momento o utilizar otros medios.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social adoptará la correspondiente resolución que será emitida por medios exclusivamente electrónicos y estará disponible en el servicio de Notificaciones Telemáticas. Para poder acceder y firmar sus notificaciones telemáticas, necesita contar con un Certificado Digital o con cl@ve permanente. En el siguiente enlace encontrará las instrucciones para solicitar este certificado, ya sea como persona física o como representante: https://www.cert.fnmt.es/. Para obtener su usuario cl@ve permanente, podrá encontrar información en: https://clave.gob.es/.  El nivel de registro cl@ve para el uso del Registro de notificaciones es el avanzado.

Puede consultar la situación en la que se encuentra el trámite de la prestación solicitada a través del servicio “Tus Gestiones” del portal personal “Tu Seguridad Social”, al que podrá acceder desde esta Sede electrónica.

Para acceder a este servicio compruebe los requisitos técnicos necesarios.

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