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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones – Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, publicado en el Boletín Oficial del Estado a fecha 19 de septiembre de 2018. Este Real Decreto traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo. La Directiva Europea se basa en la norma UNE EN 301 549:2019 “Requisitos de accesibilidad de productos y servicios TIC”.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://sede.seg-social.gob.es.
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018. A continuación, se indican los aspectos no conformes.
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por las siguientes razones:
1. Falta de conformidad con el Real Decreto 1112/2018. Se han localizado los siguientes defectos:
2. Carga desproporcionada: No resulta aplicable
3. El contenido que no entra dentro de la legislación aplicable.
La presente declaración fue preparada el 18 de mayo del 2026.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.
Última revisión de la declaración: 18 de mayo de 2026.
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como por ejemplo:
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
Se podrá presentar a través del siguiente correo electrónico: accesibilidad.giss-sscc.accesibilidad-portal@seg-social.es
También se pueden usar el formulario de sugerencias y quejas.
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible a través de este formulario serán recibidas y tratadas por la Gerencia de Informática de la Seguridad Social.
El procedimiento de reclamación es el recogido en el artículo 13 del Real Decreto 1112/2018.
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada en el marco recogido por la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El sitio web está diseñado para su visualización responsiva, con lo que se visualiza de forma óptima en los dispositivos tablet y móviles.
Las revisiones de accesibilidad realizadas hasta la fecha de definición de la actual declaración están basadas en los requisitos de la UNE EN 301549:2022.