A quién va dirigido
A personas que quieran comprobar si tienen reconocido el derecho a la asistencia sanitaria pública y a quienes siendo titulares del derecho, necesiten incluir como beneficiarios suyos a otra persona que no tiene reconocido el derecho a la asistencia sanitaria.
Qué permite realizar
- Comprobar si tiene reconocido el derecho a la asistencia sanitaria y obtener el documento que acredita el derecho.
- Dar de alta a beneficiarios a efectos de aportación farmacéutica y obtener la acreditación del derecho:
Si el beneficiario es un hijo menor de 3 meses, se reconocerá automáticamente el derecho a la asistencia sanitaria y podrá descargar la acreditación del derecho.
Si el beneficiario no es un hijo menor de 3 meses, se generará una solicitud a la Dirección provincial correspondiente para que realice las validaciones necesarias y tramite la inclusión. Podrá descargar el justificante de la solicitud.
Si el beneficiario es un menor saharaui acogido temporalmente mediante el programa “vacaciones en paz”, en el campo parentesco selecciona la opción “ACOGIDO/A TEMP. V PAZ”.
Qué necesita para realizarlo
- Si accede como representante, debe solicitar al representado que confirme la representación accediendo al enlace que recibirá en su móvil por SMS y adjuntar al final del servicio el documento normalizado de representación. Una vez identificado, se le enviará a la sección de Tu Seguridad Social de consulta de beneficiario.
- Si accede como apoderado, deberá estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos y se le llevará a Tu Seguridad Social y debe desplazarse hacia abajo hasta la sección de Asistencia Sanitaria.
A tener en cuenta
- Para dar de alta a un beneficiario, necesita un nivel de identificación más seguro que para consultar el derecho. Si quiere dar de alta a un beneficiario, pulse en la opción correspondiente y el sistema le recordará esta necesidad. Pulse CONTINUAR y le ofrecerá las opciones de identificación que puede utilizar para realizar este trámite.
- Si se trata de un hijo menor de 3 meses, el reconocimiento del derecho es automático e inmediato. Finalizado el proceso podrá obtener la acreditación del derecho del beneficiario.
- En caso contrario, se emitirá una solicitud para que sea tramitada en la Dirección Provincial de la provincia donde el solicitante tenga su domicilio registrado en afiliación. Finalizado el proceso, se emitirá un justificante de la solicitud realizada.
Próximos pasos
Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión, deberá realizarse la presentación en otro momento o utilizar otros medios.
Por parte del INSS, se enviará al domicilio del interesado la resolución de la solicitud.