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Tu Seguridad Social es un espacio específico de la Sede Electrónica de la Seguridad Social en el que se incluyen todas las actuaciones, procedimientos y servicios del Instituto Nacional de la Seguridad Social que requieran la autenticación de los ciudadanos o de la administración pública en sus relaciones con éstos por medios electrónicos.
Se puede acceder a Tu Seguridad Social utilizando cualquiera de estos sistemas:
Para registrarse en CL@VE se puede solicitar CITA PREVIA a través del servicio “Cita Previa para pensiones y Otras Prestaciones” o llamando al teléfono 901 10 65 70.
Todas las incidencias sobre el registro y la contraseña cl@ve las resuelve el teléfono 060
Cl@ve es un sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante claves previamente concertadas (usuario más contraseña), sin tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios.
Para entrar en Tu Seguridad Social, el usuario cl@ve solo es válido si el registro ha sido de nivel avanzado. Para ello, es imprescindible registrarse de forma presencial en cualquier oficina de la Seguridad Social, de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, del Servicio Público de Empleo o de las Delegaciones del Gobierno, o utilizar el certificado digital o DNI electrónico en el servicio de registro de la web de Cl@ve.
Para acceder a Tu Seguridad Social, puedes utilizar cualquier certificado digital de los incluidos en lista de certificados digitales admitidos.
Es importante estar seguro de que el usuario cl@ve que estás utilizando es de nivel avanzado. Para que el usuario sea de nivel avanzado, es imprescindible haberse registrado de forma presencial en cualquier oficina de la Seguridad Social, de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, del Servicio Público de Empleo o de las Delegaciones del Gobierno, o utilizar el certificado digital o DNI electrónico en el servicio de registro de la web de Cl@ve.
Los problemas de acceso al portal Tu Seguridad Social pueden estar relacionados con requerimientos técnicos que se deben cumplir, entre otros, los navegadores instalados en los equipos. Puedes consultar estos requerimientos mínimos en la Sede Electrónica > Inicio > Preguntas frecuentes > Soluciones Técnicas, o bien enviar un correo a través del Buzón de Consultas de la página Web de la seguridad Social, en el asunto Soporte Informático.
Los servicios disponibles para el ciudadano en Tu Seguridad Social actualmente son:
El cálculo de la pensión de jubilación en Tu Seguridad Social se realiza de manera automática. Por ese motivo, cuando existen periodos en la vida laboral o alguna base de cotización sobre los que es preciso realizar alguna corrección o ajuste manual, o hay periodos con algún régimen que necesita un tratamiento manual (artistas, toreros, representantes de comercio, sistemas especiales, etc.), el programa no lo puede tener en cuenta y no es capaz de ofrecer un resultado de pensión al ciudadano. Eso no quiere decir que la vida laboral sea incorrecta o que no se tomen en consideración esas cotizaciones cuando se solicite de manera real la pensión.
Si está próxima la fecha de la jubilación, puedes acudir con cita previa a cualquier centro de atención e información de la Seguridad Social y solicitar un informativo de jubilación.
Tu Seguridad Social no tiene acceso a la información de cotizaciones correspondientes al ámbito de cobertura del Régimen de Clases Pasivas del Estado (Regímenes Especiales de los Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas, funcionarios al servicio de la Administración de Justicia...), por lo que no es posible realizar una simulación en estos casos.
En el momento de solicitar la jubilación por el Sistema de Seguridad Social, deberás acreditar esas cotizaciones, a través del certificado correspondiente, emitido por la jefatura de personal en la que se prestaron los servicios, para que se tengan en cuenta los periodos alegados.
Los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año. Por este motivo, sólo en el caso de que esta cotización sea necesaria, se abrirá una pantalla solicitando que se cumplimente el período de dicho servicio militar. Si no es necesario, no hay que indicar nada.
El resultado del cálculo es un importe bruto, aproximado y no vinculante, resultante del cálculo efectuado conforme a las bases de cotización, períodos cotizados, edad y circunstancias personales introducidas.
En el momento en el que se solicite la jubilación, se aplicarán al importe de pensión real resultante las retenciones del IRPF correspondientes, conforme a la legislación fiscal en vigor y en función de su situación personal y familiar.
El cálculo de la pensión de jubilación en Tu Seguridad Social se realiza de manera automática. Por ello cuando existen periodos sin cotización y que procede integrarlos según la normativa, el simulador de jubilación hace lo siguiente:
Si en el período que haya de tomarse para el cálculo de la base reguladora aparecieran meses durante los cuales no hubiese existido obligación de cotizar, las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento.
El resto de mensualidades con el 50 % de dicha base mínima.