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Notificaciones Telemáticas < Volver

Este servicio permite gestionar la notificación de los actos administrativos dictados por los organismos o Entidades de la Seguridad Social, y dirigidos a los ciudadanos y empresas:

  • Los actos dictados por la Tesorería General de la Seguridad Social en materia de inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, cotización, liquidación, recaudación, sanciones e impugnaciones.

  • Las notificaciones y comunicaciones emitidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o por el Instituto Social de la Marina, enviándose exclusivamente por medios electrónicos las dirigidas a las personas solicitantes o perceptoras de las prestaciones:

    • De nacimiento y cuidado de menor.
    • De incapacidad temporal.
    • De incapacidad permanente.

Las notificaciones que contengan datos personales de categoría especial (como los relativos a la salud) solo serán accesibles desde esta Sede electrónica.

Para el resto de casos también puede acceder a sus notificaciones a través de la app y web de Mi Carpeta Ciudadana y desde la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).

El acceso a los servicios de notificaciones electrónicas puestos a disposición de los usuarios en la Sede electrónica, puede realizarse con un certificado digital, incluido en la lista de certificados admitidos, cumpliendo además con el resto de requisitos técnicos y configurando el navegador para el uso de funcionalidades de firma electrónica.

También puede efectuarse utilizando Cl@ve permanente (nivel avanzado)*, que será reforzado con claves de un solo uso enviadas por SMS por la Seguridad Social al teléfono móvil del ciudadano. Este sistema será, además, el que permitirá el acceso a la firma en la nube.

Finalmente, si el acceso se realiza en nombre propio, es decir, si lo que desea es consultar y firmar únicamente las notificaciones dirigidas a su nombre, podrá acceder, además de con un certificado electrónico admitido o clave permanente, con clave Móvil (nivel avanzado)*, y en ese caso la firma se realizará con el sistema de Firma sin Certificado.

La Orden ISM/903/2020, de 24 de septiembre, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social., establece el marco normativo para la práctica de notificaciones y comunicaciones telemáticas por la Administración de la Seguridad Social.

La Seguridad Social también ofrece un canal adicional para facilitar la gestión de grandes volúmenes de notificaciones. Este canal está basado en la tecnología de Servicios Web y permite a los usuarios autorizados la consulta y firma de Notificaciones Telemáticas a través de sistemas de información de terceros. El usuario final acepta o rechaza sus notificaciones, no a través de los servicios ofrecido por la Seguridad Social en su Sede Electrónica sino a través de los sistemas de información existentes en sus dependencias.

El usuario debe firmar digitalmente un acuse de recibo de aceptación o de rechazo, firma que deberá realizarse con un certificado de cliente incluido en la lista de certificados admitidos.

* Para poder utilizar el sistema Cl@ve y los servicios de firma en la nube, los ciudadanos deben registrarse previamente en el sistema, bien de forma presencial en alguna de las oficinas de registro adheridas al sistema, o bien por internet, utilizando un certificado electrónico reconocido.

Modo de visualización: /
  • Consultar y firmar notificaciones telemáticas
  • Consultar y modificar el canal postal
  • Desasignar / reasignar al autorizado RED como receptor de notificaciones telemáticas
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