Información importante sobre cookies
Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga una mejor experiencia de usuario. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Para más información consulte nuestra política de cookies.
¿Seguro que quieres cerrar la sesión?
Va a abandonar el portal. Si se ha identificado con certificado le recomendamos que cierre su navegador
Este servicio permite gestionar la notificación de los actos administrativos dictados por los organismos o Entidades de la Seguridad Social, y dirigidos a los ciudadanos y empresas:
Los actos dictados por la Tesorería General de la Seguridad Social en materia de inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, cotización, liquidación, recaudación, sanciones e impugnaciones.
Las notificaciones y comunicaciones emitidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o por el Instituto Social de la Marina, enviándose exclusivamente por medios electrónicos las dirigidas a las personas solicitantes o perceptoras de las prestaciones:
Las notificaciones que contengan datos personales de categoría especial (como los relativos a la salud) solo serán accesibles desde esta Sede electrónica.
Para el resto de casos también puede acceder a sus notificaciones a través de la app y web de Mi Carpeta Ciudadana y desde la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
El acceso a los servicios de notificaciones electrónicas puestos a disposición de los usuarios en la Sede electrónica, puede realizarse con un certificado digital, incluido en la lista de certificados admitidos, cumpliendo además con el resto de requisitos técnicos y configurando el navegador para el uso de funcionalidades de firma electrónica.
También puede efectuarse utilizando Cl@ve permanente (nivel avanzado)*, que será reforzado con claves de un solo uso enviadas por SMS por la Seguridad Social al teléfono móvil del ciudadano. Este sistema será, además, el que permitirá el acceso a la firma en la nube.
Finalmente, si el acceso se realiza en nombre propio, es decir, si lo que desea es consultar y firmar únicamente las notificaciones dirigidas a su nombre, podrá acceder, además de con un certificado electrónico admitido o clave permanente, con clave Móvil (nivel avanzado)*, y en ese caso la firma se realizará con el sistema de Firma sin Certificado.
La Orden ISM/903/2020, de 24 de septiembre, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social., establece el marco normativo para la práctica de notificaciones y comunicaciones telemáticas por la Administración de la Seguridad Social.
La Seguridad Social también ofrece un canal adicional para facilitar la gestión de grandes volúmenes de notificaciones. Este canal está basado en la tecnología de Servicios Web y permite a los usuarios autorizados la consulta y firma de Notificaciones Telemáticas a través de sistemas de información de terceros. El usuario final acepta o rechaza sus notificaciones, no a través de los servicios ofrecido por la Seguridad Social en su Sede Electrónica sino a través de los sistemas de información existentes en sus dependencias.
El usuario debe firmar digitalmente un acuse de recibo de aceptación o de rechazo, firma que deberá realizarse con un certificado de cliente incluido en la lista de certificados admitidos.
* Para poder utilizar el sistema Cl@ve y los servicios de firma en la nube, los ciudadanos deben registrarse previamente en el sistema, bien de forma presencial en alguna de las oficinas de registro adheridas al sistema, o bien por internet, utilizando un certificado electrónico reconocido.
En este servicio, el usuario podrá consultar y firmar sus notificaciones en nombre propio, utilizando clave Permanente o clave Móvil (nivel avanzado) y Certificado. El apoderado deberá identificarse con un certificado incluido en la lista de certificados admitidos. Si la notificación está identificada con las materias de “Inscripción, afiliación, cotización y recaudación” o “Impugnaciones ante la TGSS” también podrá acceder y gestionar las notificaciones el autorizado RED que en cada momento tenga asignada la gestión en el Sistema RED del código cuenta principal de aquél, o en su defecto, el autorizado RED que tenga asignado el número de Seguridad Social o, en su caso, su apoderado.
El acceso a este servicio estará habilitado únicamente cuando se identifique como persona física o entidad
Servicio a disposición de los ciudadanos en el cual pueden indicar si desean dejar de recibir notificaciones en papel por correo postal.
El acceso a este servicio estará habilitado únicamente cuando se identifique como persona física
A través de este servicio el sujeto responsable podrá desasignar, como receptor de notificaciones telemáticas, al autorizado RED que en cada momento tenga asignada la gestión en el Sistema RED del código de cuenta de cotización principal o en su defecto, el del autorizado RED que tenga asignado el número de afiliación a la Seguridad Social. Además este servicio permite al sujeto responsable volver a asignar, como receptor de notificaciones telemáticas, al autorizado RED que en cada momento tenga asignada la gestión en el Sistema RED del código de cuenta de cotización principal o en su defecto, el del autorizado RED que tenga asignado el número de afiliación a la Seguridad Social.
El acceso a este servicio estará habilitado únicamente cuando se identifique como persona física o entidad