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Este servicio permite realizar, por Registro electrónico, las gestiones necesarias en relación a la prestación de incapacidad temporal en pago directo por el INSS, como pueden ser la solicitud de la Incapacidad, solicitud de recaídas, presentar declaraciones de situación e hijos a cargo, disconformidad con altas, comunicar datos a efectos del IRPF, etc.
A trabajadores, en situación de incapacidad temporal.
A empresas, exclusivamente en relación con el reintegro de prestación de IT abonada en pago delegado y no deducida en boletines cotización.
Si accede con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad, se le enviará un código vía SMS al número de móvil que haya declarado durante el acto del registro, código que deberá introducir para poder firmar la comunicación en el registro electrónico.
A través de este Servicio puede presentar sus partes de confirmación si lo desea. No obstante, le informamos que actualmente y debido a la crisis sanitaria, no es necesario el envío de estos partes para seguir percibiendo la prestación de Incapacidad Temporal, puesto que el Instituto Nacional de la Seguridad Social tiene conocimiento de los mismos en virtud de los canales utilizados con los Servicios Públicos de Salud. Igualmente, a través de este canal puede presentar los partes de alta, aunque por el momento y a consecuencia de la crisis sanitaria, tampoco es necesario su envío.
La provincia de trámite es aquella donde tenga su residencia el trabajador.
El apartado de Observaciones sólo se cumplimentará cuando no se anexe el modelo de solicitud.
La sesión de conexión está limitada temporalmente, por lo que si caduca la misma mientras cumplimenta la solicitud deberá volver a iniciarla y terminar las actuaciones que tenga pendientes.
Si actúa como representante, deberá adjuntar el modelo normalizado de representación, que figura en el apartado documentación adjunta, o cualquier documento válido en derecho que deje constancia fidedigna de la representación.
El tamaño total de la documentación a anexar no puede superar los 10 Mb.
Una vez realizado el trámite recibirá un "acuse de recibo" en formato PDF.
Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión deberá realizarse la presentación en otro momento o utilizar otros medios.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social adoptará la correspondiente resolución que se pondrá a disposición del interesado en el servicio de Notificaciones Telemáticas. Si no ha desistido del canal postal, esta resolución se enviará también al domicilio del interesado.
Puede consultar la situación en la que se encuentra el trámite de la prestación solicitada a través del servicio ¿Cómo va mi prestación?
Para acceder a este servicio compruebe los requisitos técnicos necesarios.
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