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Puede solicitar asistencia sanitaria si es trabajador y/o pensionista, español de origen, residente en el extranjero, y va a realizar un viaje a España; tanto para usted como para los familiares que le acompañen. Asimismo, la puede solicitar para los familiares que le vayan a acompañar, si usted tiene suscrito un Convenio Especial o es pensionista de la Seguridad Social española, residente en el extranjero.
Tanto a los trabajadores y/o pensionistas, españoles de origen, residentes en el extranjero y familiares que les acompañen en sus desplazamientos temporales a España, como a los familiares de los pensionistas y/o suscriptores de Convenio Especial (asimilados al alta) de la Seguridad Social española residentes en el extranjero, que les vayan a acompañar en sus desplazamientos temporales a España.
Si accede con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad, se le enviará un código vía SMS al número de móvil que haya declarado durante el acto del registro, código que deberá introducir para poder firmar la comunicación en el registro electrónico.
Si actúa como representante, deberá adjuntar el modelo normalizado de representación, que figura en el apartado documentación adjunta, o cualquier documento válido en derecho que deje constancia fidedigna de la representación.
En el caso de apoderados, deberán estar inscritos en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
También puede presentar su solicitud a través de la plataforma Solicitud y Trámites de Prestaciones de la Seguridad Social, si no dispone de ningún sistema de identificación electrónica.
La provincia de trámite es aquella en la que estará durante su estancia temporal en territorio nacional. Si estará en varias, elija una de ellas.
La sesión de conexión está limitada temporalmente, por lo que si caduca la misma mientras cumplimenta la solicitud deberá volver a iniciarla y terminar las actuaciones que tenga pendientes.
El tamaño total de la documentación a anexar no puede superar los 10 Mb.
Una vez realizado el trámite recibirá un "acuse de recibo" en formato PDF.
Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión deberá realizarse la presentación en otro momento o utilizar otros medios.
Por parte del INSS se enviará al correo electrónico del interesado la acreditación del derecho.
Para acceder a este servicio compruebe los requisitos técnicos necesarios.
El acceso a este servicio estará habilitado únicamente cuando se identifique como persona física o entidad
nombre del documento | fecha de publicación |
---|---|
Asistencia Sanitaria para migrantes en estancia temporal en España (PDF, 3945 Kb) | 28/08/2024 |
Modelo normalizado de representación (PDF, 2387 Kb) | 29/03/2022 |