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Este servicio permite realizar, de forma gratuita, la solicitud o la renovación de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). También podrá consultar si está en posesión de una TSE en vigor.
A titulares del derecho a la asistencia sanitaria y beneficiarios a su cargo que cumplan los requisitos exigidos por la legislación española y por los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social.
Podrá solicitar o renovar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) para el titular del derecho a la asistencia sanitaria y para sus beneficiarios.
Además, podrá consultar si está en posesión de una TSE en vigor.
Debe completar la información que el formulario le va solicitando y tener actualizado el domicilio que figure en la base de datos de la Seguridad Social, ya que debe coincidir con el que introduce. Puede actualizar su domicilio en el servicio de Cambio de domicilio de trabajador/ empresa si es trabajador en activo o Modificación de datos bancarios y domicilio, si es pensionista.
Estados en los que tiene validez la TSE: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Suecia, Reino Unido y Suiza.
Si no se le expide la TSE por este medio tenga en cuenta que si el motivo de desplazamiento a otro Estado es cursar estudios en programas oficiales de la Unión Europea o en centros de enseñanza para la obtención de un título público oficial, podrá acceder a la TSE aportando documentación acreditativa de los estudios a realizar. Solicite cita previa para informarse en el teléfono 901 10 65 70 / 91 541 25 30.
La TSE no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico, en cuyo caso, es necesario que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM) emitan el formulario correspondiente, previo informe favorable del Servicio de Salud.
Más información en “Tratamiento médico programado”
En algunos casos, deberá asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria, en igualdad de condiciones con los asegurados del Estado al que se desplaza. Estos importes no son reintegrables.
Para ampliar información podrá consultar la dirección de Internet:
https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es
La TSE es válida desde la fecha de su recepción hasta la fecha de caducidad indicada en la misma. La utilización de la TSE durante su periodo de validez se encuentra condicionada a que su titular continúe reuniendo los requisitos que dieron lugar a su obtención. En otro caso, los gastos que se originen podrían ser reclamados en concepto de prestaciones indebidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 del Reglamento (CE) 883/04.
Nota informativa para imprimir
La Tarjeta Sanitaria Europea se enviará, en un plazo no superior a 5 días al domicilio que figure en las bases de datos de la Seguridad Social.
Para acceder a este servicio compruebe los requisitos técnicos necesarios.