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Respuesta al mandamiento de embargo dirigido a persona o entidad pagadora< Volver
Este servicio permite dar respuesta a la notificación y mandamiento de embargo dirigido a las personas o entidades pagadoras. Asimismo, posibilita rectificar la respuesta previamente comunicada sobre la actuación de embargo practicada por tales personas o entidades pagadoras, en cumplimiento de dicho mandamiento. También podrán consultar las respuestas formuladas, así como descargar la notificación recibida y los justificantes correspondientes a las respuestas facilitadas.
Personas físicas o jurídicas que hayan de realizar algún pago a un deudor de la Seguridad Social y, que hayan recibido una notificación y mandamiento de embargo por parte de esta Tesorería General de la Seguridad Social.
Autorizados RED del código de cuenta de cotización principal o, en su defecto, del número de Seguridad Social de las personas físicas o jurídicas mencionadas anteriormente. Los autorizados RED accederán a través del apartado específico previsto para ellos en la página web de la Seguridad Social.
Personas físicas o jurídicas que consten como receptoras de notificaciones en el del Registro Electrónico de Apoderamiento Telemático (REAT) en nombre de las personas físicas o jurídicas que hayan de realizar algún pago a un deudor de la Seguridad Social y, que hayan recibido una notificación y mandamiento de embargo por parte de esta Tesorería General de la Seguridad Social.
Qué permite realizar
Dar respuesta a la notificación y mandamiento de embargo sobre la actuación practicada o a practicar en cumplimiento de dicho mandamiento por parte de las personas y entidades que hayan de realizar algún pago a un deudor de la Seguridad Social y, que hayan recibido una notificación y mandamiento de embargo por parte de esta Tesorería General de la Seguridad Social.
Rectificar, por una sola vez, la respuesta previamente facilitada a través de este servicio sobre la actuación practicada en cumplimiento de dicho mandamiento.
Descargar copia de la notificación y mandamiento de embargo dirigido a las personas o entidades pagadoras junto con el correspondiente documento de pago.
Obtener el justificante de la respuesta dada o de la rectificación realizada una vez que se ha comunicado la actuación practicada en cumplimiento de dicho mandamiento.
Visualizar la respuesta formulada junto con los datos facilitados.