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Renuncia/Prórroga de tarifa plana en el Régimen Especial del Mar < Volver

Este servicio permite solicitar la renuncia expresa de la reducción en la cotización (Tarifa Plana) así como realizar la solicitud del período de prórroga de los 12 o 36 meses naturales completos adicionales de tarifa plana respecto de aquellos trabajadores por cuenta propia del grupo primero del Régimen Especial del Mar, cuyos rendimientos económicos netos anuales sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a dicho período.

Acerca de este trámite

A quién va dirigido

A los trabajadores por cuenta propia o autónomos incluidos en el grupo primero del Régimen Especial del Mar que sean beneficiarios de la reducción de cuotas por alta inicial (tarifa plana) y/o su apoderado, en su caso.

Qué permite realizar

Este servicio permite tramitar la renuncia o la prórroga de la reducción de cuotas por alta inicial (tarifa plana).

A tener en cuenta

Renuncia

  • Si renuncias a la tarifa plana no podrás volver a solicitarla.
  • Al renunciar a la tarifa plana puedes elegir una base de cotización ajustada a tus rendimientos. Para más información consulta ¿Cómo elijo mi base de cotización?.

  • Plazos:
    • En cualquier momento durante el periodo de disfrute de la tarifa plana.
    • La renuncia tiene fecha de efectos a partir del primer día del mes siguiente al de la comunicación.

Prórroga

  • Podrás solicitar la prórroga de la tarifa plana cuando preveas que tus rendimientos van a ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
  • Con carácter general, si disfrutaste de la tarifa plana con posterioridad al 1 de enero de 2023, podrás solicitar su prórroga durante 12 meses más. Si tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 33% o la condición de víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, podrás solicitar su prórroga 36 meses más.

  • Plazos:
    • Podrás solicitarlo antes de que venza el plazo de 12 meses naturales completos o, en su caso, 24 meses, si tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 33% o la condición de víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
    • La prórroga del beneficio se aplicará desde el día siguiente a la finalización de los 12 primeros meses naturales completos o, en su caso, 24 meses.

Si accede por Cl@ve con Cl@ve permanente, para garantizar un mayor nivel de seguridad en este servicio, la validación del acceso se complementará con el envío de un código vía SMS al número de móvil que haya declarado durante el acto del registro, código que deberá introducir para poder acceder.

En el caso de actuar como apoderado, deberá estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos.

Próximos pasos

Este servicio generará un justificante del trámite realizado en formato PDF. Este documento se notificará de forma telemática y se pondrá a disposición de la persona interesada y/o su apoderado, en el servicio Consultar y firmar notificaciones telemáticas de esta Sede Electrónica.

Para acceder a este servicio compruebe los requisitos técnicos necesarios.

El acceso a este servicio estará habilitado únicamente cuando se identifique como persona física

Obtener Acceso
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