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Este Servicio permite, en las altas iniciales del Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA), la anotación de la base reducida por encontrarse en "situación de pluriactividad". También permite levantar la suspensión de la base reducida por pasar de nuevo a dicha "situación de pluriactividad", siempre que no haya transcurrido el plazo de duración máxima de 36 meses, contado a partir de la primera anotación inicial de base reducida.
Afiliados y empresarios que tengan códigos de cuenta de cotización o número de afiliación inscritos en el ámbito de la Seguridad Social.
Permite solicitar la base reducida del trabajador autónomo por encontrarse en “situación de pluriactividad”.
La opción de base reducida por pluriactividad es incompatible con la bonificación o reducción establecida como medida de fomento del empleo autónomo (conocida como "Tarifa Plana").
Para acceder a este servicio compruebe los requisitos técnicos necesarios.
El acceso a este servicio estará habilitado únicamente cuando se identifique como persona física
nombre del documento | fecha de publicación |
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Manual de Ayuda. Base reducida por pluriactividad RETA (PDF, 424 Kb) | 18/03/2019 |