Este servicio permite el pago con tarjeta bancaria de débito o crédito de todas aquellas deudas con la Seguridad Social en vía voluntaria no ingresadas en plazo reglamentario, las deudas en vía ejecutiva y las deudas que hayan sido objeto de reclamación de deuda.
Titulares de deudas con la Seguridad Social, ya sean ciudadanos o empresarios.
A través de este servicio podrá pagar con tarjeta de crédito o débito los siguientes tipos de deuda:
Al finalizar el pago, obtendrá un justificante que surtirá los mismos efectos que si el ingreso se hubiera realizado en la Tesorería General de la Seguridad Social.
La utilización de este servicio es totalmente gratuita, sin ningún tipo de comisión o cargo añadido.
Requisitos para el pago: deben consignarse obligatoria y correctamente los siguientes datos:
Cuando haya rellenado todos los datos obligatorios para realizar el pago, así como el importe a que asciende éste, debe pulsar sobre el botón "Realizar el pago", situado en la parte inferior de la pantalla.
Con el fin de garantizar la seguridad en la operación, se le requerirá introducir los datos exigidos por la entidad emisora de su tarjeta (clave secreta remitida por SMS al dispositivo móvil del titular, PIN+NIF del titular, CIP o clave secreta de identificación personal proporcionada por la entidad financiera emisora de la tarjeta al titular de la misma)"
Justificante de pago: una vez concluida la operación de pago, aparecerá en pantalla un recibo de la transacción llevada a cabo que será el justificante del pago realizado. No olvide imprimirlo o guardarlo en soporte PDF.
El justificante surtirá para los responsables del pago los mismos efectos que si el ingreso se hubiera realizado en la Tesorería General de la Seguridad Social con cualquier otro medio de pago y, en consecuencia, quedarán liberados para con ésta, en la fecha en que el dinero tenga entrada en la cuenta restringida de la Tesorería General de la Seguridad Social, por el importe que figure en dicho justificante. El deudor a quien se haya expedido el correspondiente justificante de pago podrá solicitar de la TGSS, y ésta deberá expedir, certificación acreditativa del pago efectuado.
En el justificante de pago expedido se detallará la siguiente información:
Efecto de pago: El pago efectuado mediante tarjeta de débito o de crédito se entenderá realizado en la fecha en que los fondos tengan entrada en la cuenta restringida de la Tesorería General de la Seguridad Social consignada al efectuar el ingreso. Como regla general, entre las 24 y las 48 horas siguientes a la ejecución correcta de la operación en el terminal de conexión.
Si por alguna circunstancia el ingreso correspondiente al pago efectuado con tarjeta de débito o de crédito se produjese transcurridas 48 horas, el pago se entenderá realizado en la fecha en que tal ingreso tenga entrada en la cuenta restringida de la Tesorería General de la Seguridad Social consignada en el momento de la realización del pago.
Información complementaria Pasarela Digital Única Europea
Acceso a la plataforma de valoración
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