Valore esta página
Valore este contenido

Contenido principal

Consulta de estado de ficheros < Volver

Este servicio permite consultar el estado de los ficheros transmitidos en el marco del intercambio de ficheros entre otras Administraciones y Organismos Públicos y la TGSS o el INSS, con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (BOE 6/12) y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Acerca de este trámite

A quién va dirigido

  • Entidades y Organismos dotados con personalidad jurídica, salvo en el caso de la Administración Central de las CCAA, que podrá otorgarse a las Consejerías u Órganos de similar rango, y la Administración General del Estado, que podrá otorgarse a órganos de rango no inferior a Dirección General.
  • En el caso del INSS, las autorizaciones de alta se conceden a la Administración General del Estado, Consejerías de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, no pudiendo solicitar el alta los organismos autónomos públicos dependientes de estos organismos.
    Aunque sí se permite que los usuarios propuestos pertenezcan a un organismo autónomo dependiente del organismo solicitante, siempre que sean trabajadores públicos.

Qué permite realizar

Permite la consulta de estado de los ficheros solicitados previamente en el servicio “Servicios de cesión de datos para las Administraciones Públicas por fichero / Envío de Ficheros” donde también encontrará la documentación asociada a estos servicios.

Qué necesita para realizarlo

Las Administraciones y Organismos Públicos deberán haber obtenido autorización de acceso a los servicios de cesión de datos, así como sus funcionarios o empleados contar con los respectivos permisos de acceso de cada servicio.

A tener en cuenta

  • Si accede con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad, se le enviará un código vía SMS al número de móvil que haya declarado durante el acto del registro, código que deberá introducir para poder firmar la comunicación.

Para acceder a este servicio compruebe los requisitos técnicos necesarios.

El acceso a este servicio estará habilitado únicamente cuando se identifique como persona física

Complementary Content
${loading}